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ACTUALIDAD

En el actual contexto electoral

Las Empleadas de Hogar y de los cuidados exigimos a los diferentes partidos políticos que incluyan dentro de sus programas electorales nuestras principales reivindicaciones.

- Derecho a la prestación por desempleo
- Ley de prevención de riesgos laborales
- Inspecciones de trabajo efectivas
- Cotizar por nuestros salarios reales



Comunicado del Grupo Turín ante la aprobación de los
Presupuestos del Estado 2018.

Una vez más se les ha dado la espalda a las trabajadoras de hogar y cuidados esta semana en el Congreso de los Diputados. Se aprobaron los presupuestos del Estado, sí, pero nuevamente a costa de impedir el avance de los derechos laborales de las mujeres que contribuyen de manera decisiva en la sostenibilidad de la vida.

La enmienda 6777, presentada al Congreso por el Grupo Parlamentario Popular, votada el pasado martes 22 de mayo, trae como consecuencia el retraso hasta enero de 2024 de la equiparación del sistema de cotización de las empleadas de hogar al régimen general de la Seguridad Social, cuya entrada en vigor estaba prevista para el próximo 1 de enero de 2019. La enmienda se había aprobado en la comisión de presupuestos del pasado 16 de mayo con el voto favorable de PP, PNV y Ciudadanos. A partir de ahí se incorporó al Dictamen sobre Disposiciones Finales de la LPGE de 2018. Este dictamen se aprobó a en el pleno, con el voto favorable de PP, PNV, Cs, Coalición Canaria, Nueva Canarias, Foro Asturias y Unión del Pueblo Navarro.

El Grupo Turín muestra su firme inconformidad ante tal decisión parlamentaria ya que sigue negando la posibilidad de ejercer nuestros plenos derechos como trabajadoras. Esta medida solo amplía la desprotección e invisibilidad de este sector. Desde que entró en vigor el Real Decreto 1620/2011 para equiparar los derechos de las trabajadoras de hogar ha habido un incumplimiento de los acuerdos firmados. Han pasado casi 6 años desde la reforma que se fijaba la incorporación progresiva al régimen general, y ahora habrá que esperar 5 años más de discriminación laboral.

De acuerdo al análisis[ii] que ha hecho el Observatorio de Derechos en Empleo de Hogar y decuidados Jeanneth Beltrán -y que aquí suscribimos- "el reconocimiento de derechos de las y los trabajadores es inexistente en el texto. Sólo se tienen en cuenta los intereses de los empleadores y en lugar de asumir la responsabilidad pública de solventar el aumento de los costes de la incorporación al régimen general o las dificultades administrativas que suponga, se carga sobre las espaldas de las trabajadoras la no incorporación de derechos manteniendo los agravios comparativos respecto al conjunto de las y los trabajadores".

Con esta dilatación en el tiempo de la recuperación de nuestros derechos nos queda claro que, para el gobierno y los partidos que han votado a favor seguimos siendo consideradas trabajadoras de segunda y tercera clase. Y eso, es que es una cuestión de clase y de género. ¿Con qué cara mirarán estos diputados y diputadas a sus empleadas de hogar?

Reiteramos y sostenemos lo que plasmamos en nuestro comunicado del pasado 30 de marzo, día internacional de las trabajadoras del hogar: las soluciones no pueden venir de actuaciones individuales, tienen que ser colectivas y de amplio consenso social y acompañadas de políticas públicas adecuadas.

Tan solo en la pasada huelga feminista del 8 de marzo, las reivindicaciones de las trabajadoras domésticas estuvieron en el centro del debate y las reivindicaciones. Hubo una HUELGA DE CUIDADOS y todos los medios de comunicación se hicieron eco de ello. Ahora, sería justo que los mismos medios visibilizaran en la misma medida este nuevo revés a las empleadas de hogar.

Trabajo de Hogar Digno para TODAS TODAS

Desde la lástima NADA, desde la DIGNIDAD TODO

PORQUE SIN NOSOTRAS ¡NO SE MUEVE EL MUNDO!


Territorio Doméstico, Servicio Doméstico Activo (SEDOAC) Mujeres que Crean, APAMUAC, Red de Mujeres Latinoamericanas y del Caribe en España, Cooperativa Las Victorias, Cooperativa Abierto Hasta el Amanecer, USO Madrid, Observatorio de Derechos en Empleo de Hogar y de cuidados Jeanneth Beltrán, UGT-CEC y FeSMC-UGT.  




(Para adherirse escribir a grupoturin@gmail.com)






NUEVO REAL DECRETO 29/2012


Real Decreto Ley 29/2012, de 28 de diciembre, Mejora de la gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.

Principales cambios:

1)   Entra en vigor a partir del 1 de abril de 2013.

2)   En el caso de las trabajadoras que prestan servicios menos de 60 horas al mes, si las dos partes están de acuerdo, la responsabilidad del alta y cotización a la Seguridad Social puede traspasarse a la trabajadora (El empleador de una persona que trabaja menos de 60 horas mensuales, puede darle de alta y cotizar, pero No está obligado a pasarle la responsabilidad del alta y la cotización a la trabajadora, es algo opcional).

3)  En este caso, será la trabajadora la responsable de ingresar toda la cotización, pero el empleador tiene obligación de entregar a la trabajadora cada mes, junto con el salario, la cuota de Seguridad Social a cargo de la parte empleadora. 

4)  La responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de cotizar al Sistema Especial para Empleados de Hogar en estos supuestos corresponderá al propio empleado y, subsidiariamente, al empleador o empleadores.

5)   Se eleva la base mínima de cotización desde los 90,20 euros de 2012, fijándola en 147,86 euros (con lo que en trabajos de pocas horas la base puede ser superior al salario realmente percibido). 

6)  Se establece para el año 2013 una nueva escala de cotización con un número de tramos menor que en la inicialmente fijada para 2012. Con menos tramos, una trabajadora que cobra 375 euros al mes, por ejemplo, se encontraría en el tramo 4, con una base de cotización de 438,17. Pero con la tabla anterior de 15 tramos, esta trabajadora habría estado en el tramo 8 con lo que su base de cotización habría sido de 387,46. Es decir, los cambios provocarán una sobrecotización.
  
Tramo
Sueldo Mensual con Prorrata de Pagas
Base de Cotización
Cuota de la Empleadora
Cuota de la Trabajadora
1
Hasta 172,05
147,86

35,49

5,69

2
Desde 172,06 hasta 268,80
244,62

58,71

9,42

3
Desde 268,81 hasta 365,60
341,40

81,94

13,14

4
Desde 365,61 hasta 462,40
438,17

105,16

16,87

5
Desde 462,41 hasta 559,10
534,95

128,29

20,59

6
Desde 559,11 hasta 655,90
631,73

151,61
24,32
7
Desde 655,91 hasta 753,00
753,00

180,72
28,99
8
Desde 753,01
790,65

189,76
30,44




Análisis:

1)  La nueva norma es una muestra más del claro modelo de actuación que implementa el PP en relación con el desmantelamiento de los derechos sociales. Es también otro ejemplo de la actuación unilateral del gobierno, en la que no hubo un dialogo tripartito (Estado, trabajadoras y empleadores), contrariamente a lo que dice el Convenio 189 de la OIT.

2)   Dar la responsabilidad de la cotización a la trabajadora es un gran paso atrás en cuanto a la equiparación con el resto de los trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social.  Recaerán sobre las trabajadoras del hogar una serie de obligaciones extras que no son soportadas por el resto de afiliados dentro del Régimen General.  Para que las mujeres lleguen a una posición igualitaria, hay que tratar este trabajo como “trabajo” a nivel normativa y a nivel social.

3) Todos estos cambios puedan provocar que este colectivo pudiera caer de nuevo en la economía sumergida.  La posibilidad de pagar una mayor cuota, las dificultades con la gestión del pago a la Seguridad Social (por ejemplo, abrir una cuenta con una entidad financiera), y mujeres españolas que no tengan el incentivo de pagar la Seguridad Social por razones de renovación de papeles, son todas trabas para cotizarse.  Además, según la estadística de presupuestos familiares del INE para 2009, el 78,28% de los contratos de trabajo doméstico, son de diez o menos horas semanales.  Sólo el 8,25% de los contratos son a tiempo completo.  Así que la reforma nos lleva a la situación anterior a la integración en el Régimen General, con un volumen extraordinario de economía sumergida y aun más precariedad para las trabajadoras domésticas.

4)   En vez de centrarse en el fortalecimiento de los cuidados públicos, el gobierno se ha retirado de su obligaciones y ha recurrido a soluciones en que las mujeres inmigrantes son las que asumen el coste de los cuidados.  Ante la necesidad de la renovación de sus papeles, las mujeres empleadas de hogar migrantes requieren la cotización a la Seguridad Social, porl o que se ven obligadas a pagar ellas mismas el importe, con lo cual, son ellas efectivamente que toman el relevo del gobierno y asumen la responsabilidad y costes del trabajo doméstico y de las tareas de cuidados.  

2 comentarios:

  1. Hoy 22 de Febrero DIA INTERNACIONAL POR LA IGUALDAD SALARIAL ENTRE MUJERES Y HOMBRES.
    La falta de corresponsabilidad en las Tareas Domésticas y en el cuidado de la familia sigue siendo un factor que condiciona la carrera profesional de las mujeres.
    Mientras las mujeres sigan haciendo la mayor parte del trabajo doméstico, entendido en sentido amplio,mientras sean ellas quienes se acojen a la jornada laboral reducida al tener hij@s, mientras la obligación y la responsabilidad del cuidado de las personas mayores de nuestro entorno familiar sea suya, el poder adquisito de las mujeres seguirá siendo inferior al de los hombres.

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  2. MANILA, Filipinas - El gobierno advirtió a las agencias de contratación ayer que sus licencias se suspendería si no para proteger el bienestar de los trabajadores domésticos en el extranjero.

    Administrador Hans Cacdac de la Administración de Empleo en el Extranjero de Filipinas (POEA), dijo la secretaria de Trabajo Rosalinda Baldoz le ha ordenado mantener los reclutadores responsables si no cumplen con sus obligaciones legales y contractuales a desplegados trabajadores domésticos.

    "El abuso, explotación o violación de contrato cometidos contra los trabajadores domésticos filipinos servicio garantiza la cancelación o suspensión de sus licencias, en función de la gravedad y la frecuencia de los delitos", dijo.

    Baldoz dijo que los dueños de agencias de reclutamiento no debe perder de vista su deber de proteger a las trabajadoras domésticas desplegadas en el extranjero.

    "La obligación de una agencia con licencia para su contratado trabajadores filipinos no termina en su despliegue en el lugar de trabajo", dijo.

    "La agencia de contratación tiene la obligación de garantizar la protección continua de los trabajadores, especialmente los trabajadores domésticos".

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    Cacdac dijo que las obligaciones legales y contractuales de las agencias de contratación incluyen la integridad personal, pago de salarios y beneficios, y la notificación de la embajada de Filipinas sobre cualquier novedad importante que afecte a la situación de los trabajadores domésticos.

    Una agencia de empleo también deben ayudar en la solución de conflictos e informar a la POEA cualquier situación significativa o importante que un trabajador doméstico desplegado ha pasado, agregó.

    Cacdac dijo que el número de trabajadores domésticos presenten quejas contra las agencias de empleo ha aumentado en los últimos cinco años.

    El número de casos de muerte o maltrato físico de las trabajadoras domésticas se habían levantado también, agregó.

    Un grupo de agencias de contratación ha amenazado con detener el despliegue de personal doméstico a Hong Kong a partir del miércoles, quejándose de las regulaciones del gobierno demasiado estrictas y poco razonable.

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